El Ministerio de Universidades ha publicado una importante resolución que afecta a la homologación y equivalencia de títulos universitarios extranjeros en España. Esta nueva normativa, emitida el 21 de febrero de 2024, busca agilizar el proceso para ciertos grupos de solicitantes.
Vía rápida para residentes legales y ciudadanos de la UE: La resolución establece un procedimiento acelerado para las solicitudes de personas que residan legalmente en España, así como para aquellas que posean la nacionalidad española o de algún Estado miembro de la Unión Europea.
Objetivo de integración laboral: Esta medida tiene como propósito permitir una rápida integración en el mercado de trabajo para los beneficiarios de esta vía específica
Aplicación simultánea: El nuevo trámite se aplicará tanto a las solicitudes nuevas como a las que ya se encuentren en proceso administrativo.
Tengo doble nacionalidad, siendo una de ellas española o de un Estado miembro de la Unión Europea, pero el procedimiento lo inicié con el pasaporte extracomunitario ¿Tengo que hacer algo? En este caso sí, será necesario aportar el pasaporte correspondiente e indicar en el escrito de remisión que se acogen a esta Resolución. La copia del pasaporte y el escrito de remisión que lo acompaña deben de remitirse por la misma vía por la que presentó su solicitud inicial.
No estoy dentro de ese colectivo ¿Qué pasa ahora con mi solicitud de hace varios meses? Su solicitud se seguirá tramitando con todas las garantías. No debe de realizar una nueva solicitud. Una vez valorado su expediente se le comunicará la resolución que corresponda.
¿Esta resolución es aplicable a los del antiguo RD967/2014? Esta resolución se aplica a todos los expedientes en tramitación, incluidos los del antiguo RD 967/2014.
¿Es válido un visado de estudiante en España? ¿Es válido un certificado de empadronamiento? No. No son válidos los visados de estudiante ni los empadronamientos. Solo se aplica a solicitantes residentes legales en España de larga duración y con permiso de trabajo, ya que la resolución se ha implementado para agilizar el acceso de este personal cualificado al mercado laboral.
¿Se me informa de que a mi solicitud se le aplica esta resolución? (vía email, certificado, etc.) No va a recibir ninguna comunicación sobre la aplicación de la resolución. La aplicación de la resolución es automática en el caso de que usted pertenezca a uno de los colectivos a los que va dirigida: personas con nacionalidad española o de un Estado miembro de la Unión Europea o personas con permiso de residencia en España.
Esta resolución marca un cambio significativo en la política de homologación de títulos en España, con el potencial de impactar positivamente en la vida de muchos profesionales extranjeros y en la economía española.
Puede consultar la resolución en la siguiente URL: Resolución 21 de febrero de 2024
Puede consultar el listado completo de preguntas frecuentes en la siguiente URL: Preguntas Frecuentes Resolución 21 de febrero de 2024
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